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Impresos - Competencias delegadas |
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Conforme a lo establecido en el Art. 7 del R.D.L. 2/2004 por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este
Municipio ha delegado al O.P.A.E.F. las facultades que seguidamente se
detallan:
Gestión de impuestos
- Declaración de alteración física en bienes inmuebles de naturaleza urbana
(902N-903N-904N)
- Gestión censal del impuesto de actividades económicas
- Impuesto de actividades económicas
- Impuesto sobre bienes inmuebles urbana
- Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
(Plusvalía)
- Impuestos de vehículos de tracción mecánica
Inspección
- Inspección del impuesto de actividades económicas
- Inspección del impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de
Naturaleza Urbana (Plusvalía)
Recaudación voluntaria ( Tasas y Precios
Públicos )
Recaudación voluntaria ( Impuestos
)
- Impuesto sobre bienes inmuebles urbana
- Impuesto sobre bienes inmuebles rústica
- Impuestos de vehículos de tracción mecánica
- Impuesto de actividades económicas
Recaudación ejecutiva
Cualquier recurso municipal en período ejecutivo.
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