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Impresos - Competencias delegadas

Conforme a lo establecido en el Art. 7 del R.D.L. 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Municipio ha delegado al O.P.A.E.F. las facultades que seguidamente se detallan:

Gestión de impuestos
  • Declaración de alteración física en bienes inmuebles de naturaleza urbana (902N-903N-904N)
  • Gestión censal del impuesto de actividades económicas
  • Impuesto de actividades económicas
  • Impuesto sobre bienes inmuebles urbana
  • Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía)
  • Impuestos de vehículos de tracción mecánica
Inspección
  • Inspección del impuesto de actividades económicas
  • Inspección del impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía)
Recaudación voluntaria ( Tasas y Precios Públicos )
  • Entrada de vehículos
Recaudación voluntaria ( Impuestos )
  • Impuesto sobre bienes inmuebles urbana
  • Impuesto sobre bienes inmuebles rústica
  • Impuestos de vehículos de tracción mecánica
  • Impuesto de actividades económicas
Recaudación ejecutiva

Cualquier recurso municipal en período ejecutivo.